El periodista Manu Carreño y el diario Valencia Plaza no vulneraron el Código FAPE con sus informaciones

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La Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología del Periodismo considera que ni la entrevista del periodista deportivo Manuel Carreño a Pablo Belmonte, ni el artículo “Castellón nunca fue un Guernica” publicado por el diario Valencia Plaza vulneraron el Código Ético de la FAPE. Desestima, además, la queja presentada contra “Gran Hermano VIP 6” al tratarse de un programa que “carece de naturaleza periodística”.

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La Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología del Periodismo informa que Manu Carreño no vulneró el Código  Deontológico de la FAPE, en una entrevista a Pablo Belmonte, único superviviente del accidente en el Nevado Mateo, y que fue emitida en “El larguero” de la cadena SER,  el pasado 8 de enero. Una queja presentada contra el citado periodista “considera que algunos elementos de la entrevista atienden más al interés de conseguir una repercusión para el programa y un aumento de audiencia”, por encima “del interés público de la noticia”. El informe elaborado por la Comisión concluye que Manu Carreño no vulneró el Código Deontológico de la FAPE, en concreto en los apartados b) y c) del principio 4 que recomiendan “evitar la intromisión gratuita y las especulaciones innecesarias sobre sentimientos y circunstancias en asuntos en que medien elementos de dolor y aflicción en las personas afectadas”.

La Comisión considera, por otro lado, que Javier Cavanilles, autor del artículo “Castellón nunca fue Guernica” publicado por el diario digital Valencia Plaza, no vulneró el Código Ético de la FAPE. El artículo aborda los bombardeos de la Legión Cóndor en el Maestrazgo en mayo de 1938 y está relacionado con el documental “Experimento Stuka” dirigido por los denunciantes Rafael Molés y José Andreu. En los razonamientos de la ponencia, se señala  textualmente: “La Comisión no considera que se hayan cometido las vulneraciones de los preceptos del Código Deontológico que han sido denunciados, porque tras analizarlo, resulta que en la conducta del medio y periodista denunciados ni aparecen infracciones del principio de respeto a la verdad (Principio General 2); ni en la búsqueda de la verdad se advierten  infracciones del Principio de Actuación 1; ni ha faltado el contraste de fuentes; ni se han negado oportunidades de rectificación, corrección o disculpas; ni se han utilizado métodos indignos para obtener información; ni se ha faltado al respeto al off the record, y, en fin, con lo publicado no se impide distinguir entre hechos y opiniones”.

Por último, la Comisión ha desestimado la queja que SOS Racismo remitió contra Telecinco por los comentarios realizados en diferentes emisiones del programa “Gran Hermano VIP 6”, por las expresiones y comentarios de carácter racista que se habrían producido por parte de varios participantes del espacio. Argumentan que “las expresiones que se denuncian, pese a su notoria gravedad, son realizadas por participantes del programa, no por periodistas, y este programa, Gran Hermano VIP, carece de naturaleza periodística, por lo que no caben dentro del ámbito de “las cuestiones de deontología y ética periodísticas” que, según su Reglamento, corresponde valorar a esta Comisión.

La Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología del Periodismo se constituye como órgano  ético de la profesión desde la autorregulación independiente y responsable, y vela por el cumplimiento del Código Deontológico de la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE).