Un juzgado de Barcelona reconoce el derecho de la propiedad intelectual a un grupo de fotógrafos

328

El Juzgado de lo Penal nº 2 de Barcelona ha dictado una sentencia condenatoria contra un hombre que trató de sacar a subasta, en 2011, un conjunto de fotografías de varios profesionales, entre los que se encuentra el reportero Gervasio Sánchez, sin su consentimiento.

foto-367042_960_720

La jueza condena al acusado como autor de un delito contra la propiedad intelectual en grado de tentativa (la subasta no llegó a realizarse), a la pena de cinco meses de prisión y 10 meses de multa con cuota diaria de 10 euros y responsabilidad personal subsidiaria. Además, a petición de la acusación particular, se le condena al pago de 5.000 euros de indemnización, por daño moral, a cada uno de los seis denunciantes y a devolver a los mismos las obras en litigio, así como al abono de las costas.

Los hechos se remontan a 2011, cuando los fotógrafos Gervasio Sánchez, José Manuel Navia, Juantxu Rodríguez, Javier Rodríguez, Juan Carlos Barberá y Carlos Carrión conocieron la intención de una importante casa de subastas de Barcelona de vender, entre otros lotes y con un precio de salida de 10.000 euros, un importante conjunto de diapositivas compuesto por miles de imágenes que, procedentes de una publicación madrileña, eran obra suya y de otros compañeros, transacción para la que no habían dado su consentimiento.

Después de interponer una denuncia en la Brigada de Delitos contra el Patrimonio y la Propiedad Intelectual de la Policía Nacional, que detuvo la subasta, se procedió a localizar al vendedor que, a su vez, había adquirido el archivo fotográfico a la propietaria de un piso abandonado por lo anteriores inquilinos, una agencia de comunicación ya desaparecida, a finales del siglo pasado, por 26.000 pesetas.

En su defensa, el acusado aseguró que las obras fotográficas eran copias y que, aún en el caso de ser originales, no podía haber delito contra la propiedad intelectual puesto que se estaban vendiendo como objetos, pero no se ofertaban los derechos de reproducción.

Frente a estos argumentos, los fotógrafos denunciantes afirmaron que esas obras estaban cedidas a la agencia desaparecida para su reproducción, con la obligación de reintegrarlas tras su utilización, y que, al tratarse de originales y ser por tanto únicos, su venta equivalía forzosamente a privar a sus autores de cualquier derecho sobre ellas.

Tras años de instrucción, el Juzgado de lo Penal nº 2 de Barcelona ha acogido la calificación de las acusaciones y ha condenado al acusado por un delito contra la propiedad intelectual en grado de tentativa.

Una vez conocida la sentencia, los fotógrafos denunciantes han asegurado que, “los más de seis años que ha durado el procedimiento han supuesto un gran sacrificio, tanto por el tiempo empleado, como por el desgaste anímico y económico, pero finalmente se ha alcanzado el objetivo: defender nuestros derechos y reivindicar nuestra condición de autores y de titulares de derechos de propiedad intelectual, frente a una situación completamente injusta y especulativa”.